• Poseer la nacionalidad española.
  • Mínimo 1’55 de altura en hombres y 1’50 en mujeres.
  • No estar privado de los derechos civiles.
  • Carecer de antecedentes penales.
  • No hallarse incurso en algún procedimiento judicial por delito doloso como procesado, investigado judicialmente o acusado con declaración de apertura de juicio oral correspondiente.
  • No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.
  • Tener cumplidos dieciocho (18) años y no superar los cuarenta (40) años
  • Poseer la aptitud psicofísica necesaria para cursar los respectivos planes de estudios, que será acreditada mediante la superación del reconocimiento y las pruebas que se determinen en esta convocatoria.
  • Cumplir alguno de los requisitos siguientes, exigidos en el Sistema Educativo Español para acceder a las enseñanzas conducentes a ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Medio:
    • Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o de un nivel académico superior.
    • Haber superado los módulos obligatorios de un programa de cualificación profesional inicial.
    • Haber superado el curso de formación específico para el acceso a ciclos de grado medio en centros públicos o privados autorizados por la Administración educativa.
    • Haber superado la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio o de grado superior, o la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.
  • Estar en posesión de alguna de las titulaciones contempladas en el artículo 18 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo.
  • No haber causado baja en un centro docente por las razones establecidas en los párrafos c) y d) del artículo 71.2, de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar o en los párrafos d) y e), del artículo 48.1, de la Ley 29/2014, de 28 de noviembre.
  • No haber causado baja en un centro docente de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil, por no superar, dentro de los plazos fijados, las pruebas y materias previstas en los planes de estudios correspondientes.
  • No haberse resuelto su compromiso como militar de tropa y marinería como consecuencia de un expediente de insuficiencia de facultades profesionales, por imposición de sanción disciplinaria extraordinaria de separación de servicio por aplicación de la Ley Orgánica 8/1998, de 2 de diciembre, o por la imposición de sanción disciplinaria de resolución de compromiso, en aplicación de la Ley Orgánica 8/2014, de 4 de diciembre, de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas.
  • Adquirir el compromiso de portar armas y, en su caso, llegar a utilizarlas, conforme a los principios básicos de actuación de congruencia, oportunidad y proporcionalidad en la utilización de los medios a su alcance, que se prestará a través de declaración del solicitante.
  • Estar en posesión del permiso de conducción de la clase B.
  • Carecer de tatuajes que contengan expresiones o imágenes contrarias a los valores constitucionales, autoridades o virtudes militares, que supongan desdoro para el uniforme, que puedan atentar contra la disciplina o la imagen de la Guardia Civil en cualquiera de sus formas, que reflejen motivos obscenos o inciten a discriminaciones de tipo sexual, racial, étnico o religioso. Asimismo, tampoco se permiten los tatuajes, argollas, espigas e inserciones, automutilaciones o similares que puedan ser visibles vistiendo las diferentes modalidades de los uniformes de uso general del Cuerpo de la Guardia Civil conforme a la Orden General n.º 12, de 28 de diciembre de 2009, Uniformidad en el Cuerpo de la Guardia Civil («Boletín Oficial de la Guardia Civil» n.º 1, de 12 de enero de 2010).

Pruebas escritas

a) Primera prueba de ortografía (10 minutos): Realización de un ejercicio de ortografía, que se valorará como apto o no apto. Con 11 o más faltas de ortografía, la prueba se considera no superada y nos dejarán fuera del resto de pruebas.

b) Segunda prueba de conocimientos (1 hora 30 minutos): Cuestionario de 100 preguntas sobre el temario. Se valorará de 0 a 100, dando 1 punto por respuesta acertada y restando las erróneas en función del número de respuestas a cada pregunta (ejemplo: si hay cuatro opciones, se restará 0.25 por cada error). Las preguntas en blanco no contabilizan. Es necesario puntuar, como mínimo 25 puntos.

c) Tercera prueba de lengua extranjera (inglés o francés, 20 minutos): Cuestionario de 20 preguntas sobre el idioma. El criterio de corrección es el mismo que en la prueba de conocimientos. Se valorará de 0 a 20 puntos y no es eliminatoria.

d) Cuarta prueba psicotécnica: se evaluarán mediante tests que exploren las características de personalidad, actitudinales y motivacionales. Se valorará de 0 a 30 puntos y constará de dos partes. Aptitudes intelectuales: tests de inteligencia general y/o escalas específicas que evalúen la capacidad de aprendizaje, análisis, razonamiento y potencial cognitivo. Perfil de personalidad: tests que exploren las características de personalidad, actitudinales y motivacionales

En principio, los cambios temario Guardia Civil 2020 no influyen en el examen psicotécnico. El documento publicado en el BOE no hace referencia a esta prueba. Hasta el momento, la prueba psicotécnica de Guardia Civil es de 80 preguntas (ómnibus) a resolver en 50 minutos.

Pruebas Físicas 2020

a) Resistencia 2000 m: consistirá en la ejecución de una carrera de 2000 m lisos realizada preferentemente en pista de atletismo o, en su caso, sobre superficie plana y consistente, con señales que permitan al alumno el cálculo de la distancia pendiente de completar.

b) Velocidad 60 m: consistirá en la ejecución de una carrera de 60 metros lisos, realizada en pista de atletismo o, en su caso, en un pasillo de 60 metros de longitud, marcado sobre una superficie plana y consistente.

c) Potencia tren superior (extensiones de brazos): consistirá en la realización de extensiones de brazos desde la posición de tierra inclinada. Desde esta posición se realizarán todas las flexiones-extensiones de brazos sin detención, teniendo en cuenta que se contabilizará como efectuada una flexión-extensión cuando se toque con la barbilla en el suelo y se vuelva a la posición de partida, manteniendo en todo momento la cabeza, hombros, espalda y piernas en prolongación y no tomándose como válida toda flexión-extensión de brazo que no sea simultánea o en la que se apoye en el suelo parte distinta de la barbilla, punta de los pies y manos. La zona de contacto de la barbilla con el suelo podrá almohadillarse con un grosor máximo de 6 centímetros. La puntuación de la prueba será el número de repeticiones válidas realizadas.

Podrá establecerse un descanso durante la realización del ejercicio que deberá ejecutarse en la posición de tierra inclinada, sin poderse realizar movimientos o separar las partes del cuerpo en contacto con el suelo.

d) Soltura acuática a 50 metros: consistirá en completar 50 metros de natación estilo libre, en una piscina de longitud suficiente que permita la realización de la prueba. No se permitirá el contacto con cualquiera de los elementos que delimiten la calle, salvo el imprescindible para realizar el viraje cuando éste sea necesario.

Entrevista personal

La duración de la entrevista puede variar por convocatoria pero suele tener una estructura de 10, 20, 30 o 45 minutos. Y en este tiempo tienes que ser capaz de demostrar que reúnes las aptitudes necesarias para ser guardia civil.

La entrevista suele realizarse con dos entrevistadores que realizarán una serie de preguntas que pueden ir desde ¿Qué valora usted más de un compañero de trabajo? a ¿No eres muy mayor para prepararte a una oposición?

Reconocimiento médico

En el siguiente enlace podéis ver el cuadro médico de exclusiones.

http://www.interior.gob.es/web/servicios-al-ciudadano/oposiciones/cuerpo-de-la-guardia-civil/escala-de-cabos-y-guardias/cuadro-medico-de-exclusiones